El derecho laboral mexicano estudia y regula las relaciones jurídicas privadas entre trabajadores y patrones, así como las relaciones jurídicas del derecho público entre empleados y órganos del Estado que actúan como patrones.
La legislación laboral establece los derechos y obligaciones de los trabajadores, así como los requisitos para su contratación, el régimen de salarios, jornadas y condiciones de trabajo. Además, determina las normas que deben seguir los patrones para garantizar el respeto de los derechos, seguridad y salud laborales.
En este tema, identificarás a los sujetos que intervienen en las relaciones laborales, así como las condiciones generales en que debe desarrollarse el trabajo y la relación obrero-patronal.
En su artículo 123, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) regula las relaciones jurídicas laborales privadas y públicas; en este caso, existe una Ley Federal del Trabajo aplicable a las primeras y una Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado para regular las segundas. Debido a las características de universalidad de los derechos humanos (DD. HH.), México ha suscrito tratados internacionales en materia laboral, cuyo contenido es de observancia obligatoria para el país.
Según la CNDH México (2019), la Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un organismo especializado en materia laboral y, por tanto, desempeña un rol primordial en la defensa de los derechos humanos laborales en el mundo. En este sentido, México ha ratificado 80 convenios con la OIT.
El artículo 8 de la Ley Federal del Trabajo (2022) define trabajo como “toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio.” En resumen, por medio del trabajo se pretende asegurar un ingreso para satisfacer las necesidades elementales de una persona o familia.
En una relación laboral hay dos sujetos: el trabajador y el patrón. El primero es “la persona física que presta a otra persona un trabajo personal subordinado” (Ley Federal del Trabajo, 2022); por su parte, el segundo puede tratarse de una persona física o moral, siempre y cuando emplee los servicios de uno o varios individuos.
El elemento fundamental de la relación laboral es la subordinación, entendida como la existencia de una facultad de orden del patrón, a quien el trabajador debe obediencia a cambio del pago de un salario. En retribución por prestar el servicio bajo la supervisión del patrón, el trabajador tiene derecho a recibir el beneficio ya mencionado, así como a gozar de otros derechos.
En el ámbito laboral, los DD. HH. se dividen en el derecho humano al trabajo y en derechos humanos en el trabajo. Entre ellos, se incluyen algunas garantías esenciales:
Figura 1. Derechos básicos a la luz de los derechos humanos.
Fuente: Sánchez-Castañeda, A. (2017). Derechos de los trabajadores. México: Secretaría de Cultura; INEHRM; Universidad Nacional Autónoma de México.
La CPEUM y los tratados internacionales establecen los derechos laborales aplicables y que deben respetarse en México. La legislación mexicana garantiza condiciones de trabajo basadas en el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, es decir, sin que puedan establecerse diferencias y/o exclusiones por motivo de origen étnico o nacionalidad, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, condiciones de embarazo, responsabilidades familiares o estado civil.
Los empleados prestan a los patrones un trabajo personal y subordinado; a cambio, ellos tienen el derecho irrenunciable a recibir un salario y otros beneficios, entre ellos, los de seguridad social.
El Estado mexicano tiene un particular interés en que se logre equilibrar las relaciones entre trabajadores y patrones, así que ha establecido todo un sistema para resolver los conflictos que pudieran derivarse de esa relación; por tanto, los tribunales federales están obligados a suplir la queja deficiente de los empleados en los juicios de amparo y, con ello, reconoce la importancia del derecho humano al trabajo.
Asegúrate de:
La obra presentada es propiedad de ENSEÑANZA E INVESTIGACIÓN SUPERIOR A.C. (UNIVERSIDAD TECMILENIO), protegida por la Ley Federal de Derecho de Autor; la alteración o deformación de una obra, así como su reproducción, exhibición o ejecución pública sin el consentimiento de su autor y titular de los derechos correspondientes es constitutivo de un delito tipificado en la Ley Federal de Derechos de Autor, así como en las Leyes Internacionales de Derecho de Autor.
El uso de imágenes, fragmentos de videos, fragmentos de eventos culturales, programas y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, es exclusivamente para fines educativos e informativos, y cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por UNIVERSIDAD TECMILENIO.
Queda prohibido copiar, reproducir, distribuir, publicar, transmitir, difundir, o en cualquier modo explotar cualquier parte de esta obra sin la autorización previa por escrito de UNIVERSIDAD TECMILENIO. Sin embargo, usted podrá bajar material a su computadora personal para uso exclusivamente personal o educacional y no comercial limitado a una copia por página. No se podrá remover o alterar de la copia ninguna leyenda de Derechos de Autor o la que manifieste la autoría del material.