Introducción

¿Sabes por qué es importante la celebración de un contrato en una operación de compraventa internacional?

¿Te imaginas que al momento de que una empresa mexicana le venda a una empresa de Egipto 100 refrigeradores, y los egipcios no le paguen los productos no pudieran reclamar todos los daños y perjuicios que les fueron ocasionados?

¿Tendrá validez internacional la operación en comento sin haber celebrado un contrato de compraventa?

Dentro de este tema podrás observar los elementos más importantes que envuelven la creación de un contrato internacional, cuándo es válido, por qué sí y por qué no, qué dice la UNIDROIT al respecto, o la CIGS que ya has analizado con anterioridad en este curso.

De igual forma podrás comprender cada uno de los pormenores que un contrato necesita para elaborarse de una forma correcta que proteja los intereses de las partes, desde la etapa de la negociación tendrás cuidado en que todos estos elementos queden debidamente pactados.

Por otro lado, el tema de la representación es fundamental cuando hablamos de la participación de empresas, pues qué pasaría si alguien firma un contrato y no tiene las facultades para obligar a su representada, ¿te imaginas?, nadie podría reclamarle.

Bienvenidos al análisis, creación y fundamentación de los contratos, comenzando por la introducción de conceptos básicos. ¡Empecemos!

Diseño Académico Universidad Tecmilenio. (2015, 9 de julio). Introducción a la contratación internacional . Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=co7KbWr6RmU&feature=youtu.be

 

Explicación

6.1 Elementos de la contratación internacional

Recordemos que dentro de la formación de un contrato (internacional o nacional) debemos tomar en cuenta dos aspectos: su forma y su fondo.

Empecemos con el concepto de contrato:

De acuerdo a los principios UNIDROIT, para la formación de contratos internacionales, los definen como: manifestación voluntaria de quienes lo suscriben con repercusiones jurídicas, se trata de documentos que constituyen en una base legal que obliga a las partes que intervienen a cumplir con lo que se haya determinado previamente.

Analicemos sus elementos:

Elementos esenciales

Elementos de validez

Dentro de las convenciones, tratados y principios, para la elaboración de contratos internacionales, por mencionar una de ellas la CISG (Convention on International Sales of Goods) y de acuerdo a los principios UNIDROIT, la validez de una operación internacional no depende de la celebración de un contrato o acuerdo por escrito, sin embargo, por las partes que intervienen y atendiendo a que son de entidades federativas diferentes es necesario un contrato que contenga todas las negociaciones previas y prevenga los riesgos en que pudieran incurrir las partes involucradas.

¿Cuáles son las partes de un contrato internacional?

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Son las mismas partes que en un contrato nacional, realmente lo que cambia es la parte de la prevención de los riesgos y logística de la operación dentro del clausulado y cómo se deben de prevenir. De igual forma, en cuanto a los documentos que se presentan como anexo, cómo podrían ser válidos en diferentes países.

Cada operación internacional requiere de su propia estructura, es decir, de acuerdo a la operación es el contrato que deberá crearse, “hecho a la medida de sus necesidades y a las negociaciones entre las partes”, sin embargo, más adelante podrás conocer las cláusulas más importantes en los principales contratos internacionales utilizados en el comercio mundial.

6.2 Barreras no arancelarias que enfrenta la contratación internacional

Empecemos identificando entre los dos tipos de barreras en el comercio internacional:

Veamos las principales barreras no arancelarias, ya que constituyen un obstáculo al comercio:

Se han estimado como un obstáculo al comercio internacional ya que, al momento en que no gravan un arancel, permite que fluya de manera directa la entrada de un producto a México, por ejemplo, y los proveedores nacionales tienen un decremento de venta considerable.

6.3 Análisis de la representación legal en contratos internacionales

En el supuesto de ser personas morales (empresas) es necesario que éstas participen en la celebración de sus hechos o actos jurídicos por medio de un representante que las obligue a cumplir con tareas o acuerdos establecidos.

En el caso concreto de un contrato, como acto jurídico, la empresa podrá comprometerse siempre y cuando un representante legal asuma los derechos y obligaciones establecidos, y a su vez es fundamental que el representante tenga un poder válido para ostentar su carácter de representante.

Existen múltiples parámetros en el ámbito internacional para el tema de la representación en los contratos internacionales, sin embargo, todos están de acuerdo en que para que una empresa o persona física pueda ser representada, es necesario contar con un documento que ostente ese título.

En materia de compraventa internacional podemos observar la Convención sobre la representación en la compraventa internacional de mercaderías en su artículo 1 que establece lo siguiente:

Artículo 1

  1. Esta Convención se aplica cuando una persona, el agente, tiene poder o pretende tener poder para concluir en favor de otra persona, el representado, un contrato de compraventa de mercancías con una tercera parte.
  2. Rige no sólo la conclusión de tal contrato por el agente, sino que también cualquier acto efectuado por éste con el propósito de concluir tal contrato o en relación a su ejecución.
  3. Se preocupa sólo de las relaciones entre, por un lado, el representado o el agente y, por otro lado, la tercera parte.
  4. Se aplica independientemente del hecho que el agente actúe en su propio nombre o en el nombre del representado.

Es decir, en un caso específico, donde México va a exportar productos existe la aparición de dos representantes: el representante legal que negocia y firma el contrato de compraventa internacional, y el agente aduanal que procede con todos los pormenores de exportación de mercancías.

Cada uno deberá tener el documento que ostente su asignación, en el caso del representante legal deberá ser un poder debidamente apostillado o legalizado según sea el caso si es o no país miembro de la Convención de la Haya sobre validez de documentos en el extranjero; y en el caso del agente aduanal deberá de emitirse un contrato de agencia que estudiaremos más adelante con más detalle.

¿Cómo una empresa de México pudiera estar segura de que quien está firmando en representación de una empresa de Japón realmente tiene permiso de ésta para obligarla?, imagínate que llegue con un poder en japonés, válido en su país, será prudente firmar en México con este tipo de evidencia, ¿nada válida en nuestro país? La respuesta es no. Necesitará que dicho poder este apostillado (traducido al español y legalizado por un órgano internacionalmente facultado para emitir constancia o certificación de su validez en México).

Cierre

Es fundamental observar la correcta celebración de un contrato internacional para resguardar legalmente los intereses de los involucrados; más allá de eso cuidar que quienes se comprometen por medio de la firma de dichos contratos tengan la capacidad de hacerlo de acuerdo a la ley.

Para aprender más sobre aranceles y contratos internacionales, te recomendamos ver los siguientes videos:

Comercioy Aduanas. (2012, 7 de mayo). Barreras a la Exportación. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=kt9J3lQOeIU

Fernando García Mendoza. (2014, 4 de feb). Regulaciones y Restricciones No Arancelarias (Permisos Previos). Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=yit0GRNxhx8

Sara Montoya. (2013, 24 de may.). contrato internacional. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=G_Vzgguj-Y8

Referencias bibliográficas


Checkpoint

Asegúrate de poder:

  • Analizar las 2 convenciones planteadas para tener un mejor aprovechamiento del tema de estudio.
  • Comprender los riesgos en que pueden incurrir las partes con una representación legal sin validez internacional.