Tema 3. Internacionalización del comercio: Unificación de criterios
Introducción
¿Has escuchado algunas de estas frases?
Primero en tiempo primero en derecho, a igual trabajo igual salario; no hay más testigo que el papel escrito, no hay pena sin ley, todos tienen el derecho de trabajar en lo que prefieran mientras sea lícito...
Estás frases provienen de los principios generales de Derecho que tenemos en México. Son bases que se han constituido como fuente de normas jurídicas y pretenden regular el estado de justicia para cada miembro de México. Garantizan el orden, la igualdad, la libertad y la tranquilidad de nuestra comunidad en todas y cada una de las actividades e interrelaciones que realizamos día a día.
La ley debe ser justa, honesta, posible, no contraria a la naturaleza, conforme a las costumbres, conveniente al lugar y tiempo, útil, clara y dirigida, no al bien privado, sino a la utilidad común de los gobernados.
Así como cada país tiene sus principios generales de Derecho, en la comunidad internacional y particularmente en los actos de comercio se han plasmado criterios unificatorios de prácticas comerciales llamándolos principios generales de comercio internacional.
Estos principios fundamentales provienen de organismos internacionales que fungen como autoridad imparcial entre las entidades federativas y que son instrumentos para un mejor tránsito de actividades y personas.
Diseño Académico Universidad Tecmilenio. (2015, 7 de julio).
Internacionalización del comercio: Unificación de criterios
. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=4KD6pyJLno4&feature=youtu.be
Explicación
3.1 Principales organismos internacionales en el comercio
El factor de la internacionalización ha permitido que todas las actividades comerciales entre países distintos se sometan a una autoridad conjunta y una sola regulación para que sus operaciones estén garantizadas con la mayor equidad posible.
En aras de lograr este objetivo, la comunidad comercial creó organismos internacionales para todo tipo de actividades o necesidades. En este tema se abordarán aquellos refieren a protección y desarrollo comercial.
Comenzaremos con el principal organismo de carácter mundial, la ONU. En el año 1919 finalizando la Primera Guerra Mundial, se tuvo la imperiosa necesidad de crear la Sociedad de Naciones (SDN) o también llamada Liga de las Naciones. Fue un organismo internacional que proponía establecer las bases para la paz y la reorganización de las relaciones internacionales. Aunque no logró resolver los graves problemas que se plantearon en los años veinte y treinta, es importante porque fue la primera organización de ese tipo de la historia y el antecedente de la ONU (Organización de las Naciones Unidas).
Posteriormente en el año 1945, finalizada la Segunda Guerra Mundial, se creó la Carta de las Naciones Unidas y fue fundada la Organización de las Naciones Unidas (ONU) o simplemente Naciones Unidas (NN. UU.), siendo la mayor organización existente. Se define como una asociación de gobierno global que facilita la cooperación en asuntos como el Derecho internacional, la paz y seguridad internacional, el desarrollo económico y social, los asuntos humanitarios y los derechos humanos.
Desde su sede en Nueva York, los Estados miembros de las Naciones Unidas y otros organismos vinculados deliberan y deciden acerca de temas significativos y administrativos en reuniones periódicas celebradas durante el año.
Siendo tantas las actividades de la ONU (sociales, militares, laborales, salud, educación, comerciales, etc.), nos enfocaremos en los organismos auxiliares que se han especializado en materia de Comercio.
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CNNUDMI (Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional), conocida en sus siglas en inglés como UNCITRAL (United Nation Comission on International Trade Law)
Fue creada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 17 de diciembre de 1966 para promover la progresiva armonización y unificación del derecho mercantil internacional.
Formula normas modernas, equitativas y armonizadas para regular las operaciones comerciales.
Sus actividades son principalmente las siguientes:
La elaboración de convenios, leyes modelo y normas aceptables a escala mundial.
La preparación de guías jurídicas y legislativas y la formulación de recomendaciones de gran valor práctico.
La presentación de información actualizada sobre jurisprudencia referente a los instrumentos y normas de derecho mercantil uniforme y sobre su incorporación al derecho interno.
La prestación de asistencia técnica en proyectos de reforma de la legislación.
La organización de seminarios regionales y nacionales sobre derecho mercantil uniforme.
Esta comisión es fundamental en Derecho Internacional y por ende en el comercio entre países puesto que marca la pauta de los fundamentos mercantiles que cada entidad deberá seguir para realizar cualquier acto de comercio.
De este organismo internacional nace la UNIDROIT, que se encarga de crear los Principios Generales Internacionales en materia de comercio.
CCI (Cámara de Comercio Internacional), conocida por sus siglas en inglés como ICC (International Chamber of Commerce)
De manera general es importante que sepas que la Cámara de Comercio Internacional es una organización que se encarga de brindar protección a las empresas de los diferentes países del mundo en lo que se refiere a las operaciones comerciales, ya que hoy en día existe mayor interdependencia entre naciones, es decir, lo que sucede en una economía, repercute en las demás.
Se creó en 1919 en Francia, constituida con personalidad propia y naturaleza jurídica asociativa. Es la única organización empresarial que tiene el estatus de organismo de consulta ante las Naciones Unidas y sus organismos especializados.
Más adelante estudiaremos a detenimiento este organismo internacional tan importante para el comercio mundial.
FMI (Fondo Monetario Internacional)
El Fondo Monetario Internacional es una institución dedicada a incentivar la ayuda económica a nivel internacional; propiciar la expansión y el desarrollo equilibrado del comercio internacional; incentivar la estabilidad cambiaria; establecer un sistema multilateral de pagos para las transacciones corriente entre los países mientras y eliminar las restricciones cambiarias que dificulten la expansión del comercio mundial. Esta institución tiene su sede en Washington, Estados Unidos.
El Fondo Monetario Internacional (FMI) promueve la estabilidad financiera y la cooperación monetaria internacional. Asimismo, busca facilitar el comercio internacional, promover un empleo elevado y un crecimiento económico sostenible y reducir la pobreza en el mundo entero. El FMI es administrado por los 188 países miembros a los cuales les rinde cuentas.
Su orden económico reposaba en tres reglas:
Cada Estado debía definir su moneda en relación con el oro o con el dólar americano.
El valor de la moneda debía fluctuar únicamente en un margen de 1 % con relación a su paridad oficial.
Cada Estado estaba encargado de defender esta paridad velando por el equilibrio de la balanza de los pagos.
Esta institución complementa otras grandes instituciones económicas de la época como el Banco Mundial, el Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo y el Acuerdo General sobre Aranceles.
OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual)
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es el foro mundial en lo que atañe a servicios, políticas, cooperación e información en materia de propiedad intelectual (P.I.). Es un organismo de las Naciones Unidas, autofinanciado, que cuenta con 188 Estados miembros. Este organismo fue creado en 1967 con la firma del Convenio de Estocolmo, está dedicado a fomentar el uso y la protección de las obras del intelecto humano (derechos de autor e Industrial).
Tiene 26 tratados internacionales a su cargo que abordan diversos aspectos de la regulación de la propiedad intelectual.
Finalidades:
Armonizar legislaciones y procedimientos nacionales en materia de propiedad intelectual.
Prestar servicios de tramitación para solicitudes internacionales de derechos de propiedad industrial.
Promover el intercambio de información en materia de propiedad intelectual.
Prestar asistencia técnico-jurídica a los Estados que la soliciten.
Facilitar la solución de controversias en materia de propiedad intelectual en el sector privado.
Fomentar el uso de las tecnologías de la información y de Internet, como instrumentos para el almacenamiento, el acceso y la utilización de valiosa información en el ámbito de la propiedad intelectual.
Con la entrada del comercio electrónico y todo el furor de Internet en obras literarias y demás creaciones humanas, ¿imaginas qué sería de sus innovadores dueños sin el apoyo de un organismo internacional que proteja sus creaciones? En el campo electrónico, el OMPI ha creado un Programa Digital que responda a todas las cuestiones que surjan como resultado de la confluencia de Internet, las tecnologías digitales y el sistema de la propiedad intelectual.
Banco Mundial
El BM es considerado como uno de los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas, misma que se determina como una fuente de asistencia financiera y técnica para los llamados países en desarrollo.
El Grupo del Banco Mundial está integrado por los siguientes organismos:
El Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento
La Asociación Internacional de Fomento
La Corporación Financiera Internacional
El Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones
El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones
Como ya hemos estudiado el organismo internacional de la UNCITRAL (United Nation Comission if International Trade Law) que en español tiene el nombre de Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, será más fácil entender el porqué de la existencia de los principios generales comerciales en el campo mundial ya que al ser unificados los criterios del Derecho Mercantil, la comunidad internacional se vio en la necesidad de forjar bases sólidas que permitieran a los comerciantes interpretar y crear transacciones adecuadas y equitativas.
En este contexto surgió el Instituto para la Unificación del Derecho Privado – UNIDROIT (Principles of International Comercial Contracts), que es una organización intergubernamental creada en el año 1926, bajo el auspicio de la Liga de Naciones. Restablecida en 1940 sobre las bases de un tratado Internacional, el Estatuto Orgánico de UNIDROIT.
Este organismo se encuentra en Roma, su cede. Tiene como objetivo armonizar y unificar el derecho privado a nivel internacional.
Según el mismo documento oficial, los principios de la UNIDROIT tienen por objetivo básicamente lo siguiente:
"… estudiar los medios de armonizar y coordinar el derecho privado entre los Estados o entre grupos de Estados y preparar gradualmente la adopción por parte de los distintos Estados de una legislación de derecho privado uniforme”. A tal fin, el Instituto:
Prepara proyectos de leyes o convenciones con miras a establecer un derecho interno uniforme.
Prepara proyectos de acuerdos tendientes a facilitar las relaciones internacionales en materia de derecho privado.
Emprende estudios de derecho comparado en materia de derecho privado.
Se interesa por las iniciativas ya tomadas por otras instituciones en todos esos campos con las cuales puede, en caso necesario, mantenerse en contacto.
Organiza conferencias y publica los estudios que juzga dignos de amplia difusión."
Dentro de estos principios se unifican criterios de interpretación de contratos escritos o no escritos, es decir, aquellas operaciones de comercio que se han efectuado sin haberlas plasmado en un documento, por ejemplo un contrato.
¿Cuándo son aplicables?
Estos principios establecen reglas generales aplicables a los contratos mercantiles internacionales.
Deberán aplicarse cuando las partes hayan acordado que su contrato se rija por ellos.
Pueden aplicarse cuando las partes hayan acordado que su contrato se rija por principios generales del derecho, la lex mercatoria o expresiones semejantes.
Pueden aplicarse cuando las partes no han escogido el derecho aplicable al contrato.
Pueden ser utilizados para interpretar o complementar instrumentos internacionales de derecho uniforme.
Pueden ser utilizados para interpretar o complementar el derecho nacional.
Pueden servir como modelo para los legisladores nacionales e internacionales.
ARTÍCULO 1.1
(Libertad de contratación)
Las partes son libres para celebrar un contrato y para determinar su contenido.
ARTÍCULO 1.2
(Libertad de forma)
Nada de lo expresado en estos principios requiere que un contrato, declaración o acto alguno deba ser celebrado o probado conforme a una forma en particular. El contrato puede ser probado por cualquier medio, incluidos los testigos.
ARTÍCULO 2.2.9
(Ratificación)
Un acto por un representante que actúa sin poder o excediéndolo puede ser ratificado por el representado. Con la ratificación el acto produce iguales efectos que si hubiese sido realizado desde un comienzo con apoderamiento.
ARTÍCULO 6.2.3
(Efectos de la “excesiva onerosidad” (hardship))
En caso de “excesiva onerosidad” (hardship), la parte en desventaja puede reclamar la renegociación del contrato. Tal reclamo deberá formularse sin demora injustificada, con indicación de los fundamentos en los que se basa.
El reclamo de renegociación no autoriza por sí mismo a la parte en desventaja para suspender el cumplimiento.
En caso de no llegar a un acuerdo dentro de un tiempo prudencial, cualquiera de las partes puede acudir a un tribunal.
Si el tribunal determina que se presenta una situación de “excesiva onerosidad” (hardship), y siempre que lo considere razonable, podrá:
Resolver el contrato en fecha y condiciones a ser fijadas.
Adaptar el contrato con miras a restablecer su equilibrio.
ARTÍCULO 7.4.9
(Intereses por falta de pago de dinero)
Si una parte no paga una suma de dinero cuando es debido, la parte perjudicada tiene derecho a los intereses sobre dicha suma desde el vencimiento de la obligación hasta el momento del pago, sea o no excusable la falta de pago.
El tipo de interés será el promedio del tipo de préstamos bancarios a corto plazo en favor de clientes calificados y predominantes para la moneda de pago en el lugar donde éste ha de ser efectuado. Cuando no exista tal tipo en ese lugar, entonces se aplicará el mismo tipo en el Estado de la moneda de pago. En ausencia de dicho tipo en esos lugares, el tipo de interés será el que sea apropiado conforme al derecho del Estado de la moneda de pago.
ARTÍCULO 1.12
(Modo de contar los plazos fijados por las partes)
Los días feriados oficiales o no laborables que caigan dentro de un plazo fijado por las partes para el cumplimiento de un acto quedarán incluidos a los efectos de calcular dicho plazo.
En todo caso, si el plazo expira en un día que se considera feriado oficial o no laborable en el lugar donde se encuentra el establecimiento de la parte que debe cumplir un acto, el plazo queda prorrogado hasta el día hábil siguiente, a menos que las circunstancias indiquen lo contrario.
El uso horario es el del lugar del establecimiento de la parte que fija el plazo, a menos que se indique lo contrario.
ARTÍCULO 1.4
(Normas de carácter imperativo)
Estos principios no restringen la aplicación de normas de carácter imperativo, sean de origen nacional, internacional o supranacional, que resulten aplicables conforme a las normas pertinentes de derecho internacional privado.
ARTÍCULO 6.1.10
(Moneda no expresada)
Si el contrato no expresa una moneda en particular, el pago debe efectuarse en la moneda del lugar donde ha de efectuarse el pago.
Por ejemplo, si dentro de un contrato comercial internacional las partes no se ponen de acuerdo con el tribunal que deberá de conocer acerca de cualquier conflicto entre ellas respecto a su operación comercial, uno de los principios UNIDROIT establece que deberá de ser sometido el asunto ante el Tribunal de Arbitraje Internacional.
3.2 La OMC y sus principios comerciales
Uno de los organismos más importantes en el derecho comercial internacional es la OMC.
Imagen obtenida de https://www.wto.org/indexsp.htm solo para fines educativos.
El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, más conocido por sus siglas en inglés, GATT, fue un tratado internacional firmado el 30 de octubre de 1947.
En 1993, a través de la denominada Ronda Uruguay donde los países acordaban diferentes temas de relevancia comercial internacional se firmó el Acta Final donde se crea la Organización Mundial de Comercio.
La Ronda Uruguay incorporó por primera vez en el "sistema multilateral de comercio" varios temas que hasta entonces habían estado excluidos de él. Los principales fueron el comercio de servicios, la agricultura, los textiles y la propiedad intelectual.
La Organización Mundial del Comercio (OMC) es la única organización internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los países. Los pilares sobre los que descansa son los Acuerdos de la OMC, que han sido negociados y firmados por la gran mayoría d
e los países que participan en el comercio mundial y ratificados por sus respectivos parlamentos. El objetivo es ayudar a los productores de bienes y servicios, los exportadores y los importadores a llevar adelante sus actividades.
Negociaciones comerciales
Los Acuerdos de la OMC abarcan las mercancías, los servicios y la propiedad intelectual. Incluyen los compromisos contraídos por los distintos países de reducir los aranceles aduaneros y otros obstáculos al comercio y de abrir y mantener abiertos los mercados de servicios.
Aplicación y vigilancia
Los acuerdos de la OMC obligan a los gobiernos a garantizar la transparencia de sus políticas comerciales notificando a la OMC las leyes en vigor y las medidas adoptadas.
Solución de diferencias
Los países someten sus diferencias a la OMC cuando estiman que se han infringido los derechos que les corresponden en virtud de los acuerdos.
Creación de capacidad comercial
Los acuerdos de la OMC contienen disposiciones especiales para los países en desarrollo, con inclusión de plazos más largos para aplicar los acuerdos y los compromisos y medidas para aumentar sus oportunidades comerciales, con el fin de ayudarles a crear capacidad comercial, solucionar diferencias y aplicar normas técnicas.
Proyección exterior
La OMC mantiene un diálogo regular con organizaciones no gubernamentales, parlamentarios, otras organizaciones internacionales, los medios de comunicación y el público en general con el fin de aumentar la cooperación y mejorar el conocimiento de las actividades de la OMC.
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Los principios más destacados sobre comercio que ha aportado al mundo la OMC son los siguientes:
Nación más favorecida: establece que cada parte debe de proporcionar a las demás las mismas condiciones de comercio. Es decir, debe de tratar a cada parte como trataría a “su nación más favorecida”.
Trato nacional: impone a los países miembros la obligación de dar a los productos importados el mismo trato que a los nacionales (sin aumentar costo por motivo de importación).
Comercio más libre: apertura diversas herramientas para que haya libertad de contratación y comercialización entre sus miembros.
Previsibilidad: los países convienen en abrir sus mercados de mercancías y servicios, “consolidan” sus compromisos. Con respecto a las mercancías, estas consolidaciones equivalen a límites máximos de los tipos arancelarios. Lo anterior le permite a un país prever sus inversiones.
Competencia leal: fomenta la competencia leal entre los involucrados para que tengan las mismas oportunidades en el comercio mundial.
Promoción del desarrollo y reforma económica: protege a los países con menor desarrollo para que no se vean afectados por el sector comercial de los grandes competidores.
Cierre
Hemos podido estudiar a lo largo de este tema factores importantísimos para los contratos internacionales, ya que como has podido constatar, un contrato necesita de la garantía vinculatoria y de su exigibilidad; los organismos internacionales aportan ese soporte que requieren las partes para que sus intereses estén protegidos.
Así mismo, el contar con principios como los de la UNIDROIT y de la OMC, aseguran que cualquier omisión o bien, aplicación de alguna ley internacional estará de acuerdo al marco de internacionalización de los países involucrados generando igualdad de oportunidades para ambos.
Para aprender más sobre comercio en el mundo, UNDROIT, Derecho Internacional y Derecho Comercial Internacional, te recomendamos ver los siguientes videos: