Contexto


Nacimiento y desarrollo del Derecho Bancario y Bursátil

Para comprender por qué es necesario para el Derecho regular ciertas actividades de los gobernados, es vital conocer el nacimiento de dichas actividades, su desarrollo y evolución.

Por medio de este tema descubrirás los primeros rasgos de lo que hoy en día conocemos como la banca, desde los griegos, romanos, hasta el día de hoy. De igual forma se analizarán los principales hitos del desarrollo bancario y bursátil en nuestro país, para de esta forma tener la información necesaria para comprender el nacimiento y creación de una legislación tan especializada en la materia.

  • ¿Conoces dónde se creó la banca y en qué fecha?
  • ¿Sabes qué detonó la creación de las regulaciones actuales en materia de Derecho Bancario y Bursátil?
  • Explicación


    2.1 Desarrollo del Derecho Bancario y Bursátil internacional

    En el ámbito internacional, la actividad económica y de comercio se creó principalmente cerca del mar; las más importantes civilizaciones marítimas son las siguientes:

    • Rodas, en Grecia.
    • Cartago, en el norte de África, que fuera una de las principales colonias de los fenicios.
    • Egipto, al noreste de África.
    • Fenicia, entre los territorios que actualmente ocupan Líbano y Siria.
    • Babilonia: fueron los primeros que legislaron sobre el comercio.

    En esta última se creó el primer inmueble dedicado a la actividad bancaria, Templo Rojo de Uruk (año 3200 a.C.), en él se realizaban préstamos en especie y se recibían depósitos de mercancías, los griegos posteriormente perfeccionaron estas primeras actividades.

    La gran civilización griega es donde se dan los inicios de la banca tal cual la conocemos hoy, se presentó la técnica bancaria que se conoce en nuestros días, donde se inicia aceptando los depósitos mediante el pago de intereses a los clientes y a su utilización. De igual forma se inventaron los cheques y a lo que ahora conocemos como actividades activas.

    Posteriormente existen tres momentos importantes en Roma:

    A continuación se presenta de manera gráfica los hitos en el Derecho Bancario y Bursátil a través de una línea de tiempo:

    2.2 Desarrollo del Derecho Bancario y Bursátil en México

    En México en los primeros años de la colonia no existía un sistema financiero adecuado y sólido, teniendo como única actividad comercial el trueque de mercancías. No fue sino hasta 1554 cuando se expandieron las Ordenanzas para el Prior y Cónsules de la Universidad de los Mercados de la Ciudad de Sevilla, aprobadas por el Rey Carlos I, que se aplicaban para nombrar los seguros que contrataban los españoles en sus viajes de ida y vuelta a las Indias.

    Posteriormente, al final del siglo XVII, se crea la Ley de Ordenanzas de Minas de 1783, encontrándose por primera vez el desarrollo de una banca en México, denominada Banca de Avío, siendo su principal objetivo el canalizar fondos a la rentable actividad minera para estimular su producción.

    En agosto de 1881 se instaura el primer banco de depósito, descuentos y emisión en nuestro país, denominado Banco Nacional Mexicano, fusionándose al año siguiente con el Banco Mercantil, Agrícola e Hipotecario, dando a su vez origen al Banco Nacional de México.

    Dentro de la misma década, en 1886, se constituye la Bolsa Mercantil de México, para que en los 15 años posteriores se inaugure el centro de operaciones bursátiles Bolsas Mexicana, S.A. Diez años más tarde, en 1897, se crea la Ley General de Instituciones de Crédito, la cual funda las primeras cuatro instituciones bancarias:

    • Bancos de remisión
    • Bancos Hipotecarios
    • Bancos refaccionarios
    • Almacenes Generales de Depósito

    De igual forma, en 1886, se constituye la Bolsa Mercantil de México para que 15 años posteriores se inaugure el centro de operaciones bursátiles, Bolsa Mexicana, S.A. Después de un periodo sin un crecimiento bursátil debido a una desestabilidad económica, en 1933, da inicio la vida bursátil del México moderno, promulgándose la Ley Reglamentaria de Bolsas y se constituye la Bolsa de Valores de México, S.A., supervisada por la Comisión Nacional de Valores.

    Entonces, el marco jurídico aplicable a las aseguradoras, entre 1865 y 1892, fue el siguiente:

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    Maximiliano de Habsburgo autorizó el 8 de enero de 1865 a Florentino Romero para establecer compañías de seguros de incendio y de vida.

    Reglamentaron los diversos contratos de seguro con excepción del marítimo, el cual debía ser regulado por un Código de Comercio.

    Determinó el criterio para determinar la mercantilidad de los contratos de seguros mercantiles y seguros marítimos.

    Restringió el campo de los sujetos aseguradores a las empresas, ya que en su artículo 75, fracción XVI, estableció que se reputan actos de comercio “los contratos de seguro de toda especie, siempre que sean hechos por empresas”.

    Fue hasta 1975 que entra en vigor la Ley del Mercado de Valores, y la Bolsa cambió su denominación a Bolsa Mexicana de Valores.

    De forma paralela en 1974 se creó el concepto de Costo Porcentual Promedio de Captación para la banca múltiple (CPP). Esta tasa promedio, al hacer las veces de tipo de referencia para los créditos bancarios, evitó muchas dificultades a los bancos cuando, más avanzada esa década, las tasas de interés se elevaron debido a la inflación. Pocos años después, en 1978, se crean los Certificados de Tesorería (Cetes), que fueron la base para el desarrollo en México de un mercado de bonos y valores de renta fija.

    De lo anterior, el resumen de la evolución del Sistema Bancario entre 1897 a 1978 se define de la siguiente forma:

    En 1991 se tomó la decisión de la reprivatización de la Banca, vendiéndose 18 bancas y promulgándose la Ley de Instituciones de Crédito que sustituye a la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito (De la Fuente, 2002).

    Objetivos de la Reprivatización de la Banca

    Decreto de nueva Ley de Instituciones de Crédito.

    Permitir la propiedad privada mayoritaria en la prestación del servicio de Banca y Crédito.

    Sustitución de la concesión de la actividad de banca y crédito por una autorización.

    Organización de los bancos múltiples como sociedades anónimas de capital variable.


    Para que esta reprivatización se pudiera llevar acabo, se debieron hacer las siguientes reformas constitucionales:

    1. Artículo 28 constitucional. Se deroga el párrafo quinto.
    2. Artículo 123 constitucional.
      1. Apartado “A”: incluye Servicios de banca y Crédito.
      2. Apartado “B”: fracción XII Bis, incluye entidades de la Administración Pública Federal que forma parte del sistema bancario.

    Sin embargo, en 1994 se vivió una crisis económica, sobrevaluándose el tipo de cambio y repercutiendo en el déficit comercial, endeudamiento externo, reducción de reservas internacionales y especulación en el mercado de valores. A consecuencia de esto la devaluación del peso y un alza en las tasas de intereses, fue imposible para las empresas cumplir sus obligaciones ante los bancos, se registraron a su vez retiros de capital ante la desconfianza hacia las instituciones de crédito.

    Hasta este momento el desarrollo de la legislación en México se dio de la siguiente forma:

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    El problema se agravó debido a que los bancos no tenían solvencia económica, la crisis provocó un sobreendeudamiento de empresas y personas físicas, ante esta situación el gobierno federal creó el FOBAPROA para absorber las deudas ante los bancos, capitalizar el sistema y garantizar el dinero de los ahorradores. Cuatro años más tarde, en 1998 el FOBAPROA fue sustituido por el Instituto para la Protección al Bancario (IPAB), y unos años más tarde los bancos en México fueron comprados por grupos extranjeros, creándose por lo anterior la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF).

    Posterior a la situación antes señalada, a partir del año 2000 hasta el 2006, la banca Mexicana entró en una etapa de apertura y consolidación, se crean distintas normas que lograron que el ingreso nacional bruto per cápita fuera el más alto de Latinoamérica.

    El panorama en México nuevamente cambió debido a la crisis hipotecaria en los Estados Unidos, las especulaciones de empresas con divisas, ocasionando con esto una depreciación en el peso mexicano al igual que la baja en el precio del petróleo.

    El conocimiento de la historia del Derecho Bancario y Bursátil no ayuda a conocer la razón de los actos financieros que se llevan hoy en día, comprendiendo claramente el objeto de cada uno de estos. Su desconocimiento permitiría no descubrir la necesidad que cada acto o norma soluciona.

    Cierre


    Los griegos y romanos han marcado una gran pauta en el desarrollo de todas las civilizaciones y sus avances, en el caso de la banca y valores no ha sido la excepción, desde el año 500 a.C. se tiene recolección de lo que hoy se conoce como banca. Es importante reconocer a los griegos como los iniciadores, a los romanos como los que continuaron el desarrollo, para posteriormente convertirse en un sistema globalizado de progreso económico.

    Por otra parte, en nuestro país, el desarrollo más acelerado fue impuesto por los conquistadores, los cuales ya tenían sistemas más establecidos que los encontrados en nuestras civilizaciones en paralelo a lo que se conoce hoy como la banca.

    Entre los aspectos más importantes y que se mantienen hasta hoy encontramos la fundación de la Bolsa y el Banco de México, instituciones que regulan las actividades cotidianas de los gobernados. Es importante tener presente el momento de la historia en que las principales legislaciones en esta materia son creadas y el objeto de éstas, ya que éstas nacieron como respuesta a una necesidad.

    Checkpoint


    Antes de concluir el tema asegúrate de comprender lo siguiente:

    Las primeras civilizaciones en mostrar características de banca y valores son las griegas y romanas.

    Los españoles trajeron a México un sistema financiero que, a pesar de su evolución, es el que se mantiene actualmente.

    Las legislaciones nacionales son creadas en respuesta a necesidades específicas de la nación.

    Referencias


    De la Fuente Rodríguez, J. (2002). Tratado de Derecho Bancario y Bursátil. México: Porrúa.