Contexto
Estructura normativa del Derecho Bancario y Bursátil
Como lo marca la historia ha sido necesaria la creación de distintas legislaciones, las cuales le han dado una estructura al Sistema Financiero Mexicano, constituido por el Derecho Bancario y Bursátil.
En el presente tema se mostrará primero todo el desarrollo que se ha dado en el marco jurídico de la materia, conociendo lo sucedido a lo largo del tiempo, de igual forma se estudiará su fundamento constitucional y los artículos que son fuente principal del resto de las normas bancarias y bursátiles.
El Derecho Bancario tiene características independientes al Derecho Bursátil, cada área tiene sus particularidades, por lo tanto podrás estudiar la clasificación de las normas que conforman cada materia.
Explicación
A lo largo de la historia, el Sistema Financiero, tanto internacional como nacional, ha sufrido grandes cambios y avances, ante esto se ha tenido la necesidad de crear regulaciones para el correcto funcionamiento de la banca y el sistema bursátil.
A continuación se muestra la cronología de los hitos más importantes en el desarrollo de la legislación bancario y bursátil en nuestro país.
Haz clic en cada fecha para conocer detalle de la información.
Se promulga el actual Código de Comercio que, en su artículo 640, señalaba que las instituciones de crédito se regirían por una ley especial.
La primera Ley General de Instituciones de Crédito es promulgada.
El presidente Venustiano Carranza presenta su Programa de
Reorganización Bancaria, en el cual propone principalmente:
En la Constitución de este año se establece un banco de emisión, aprobado en los artículos 28 y 73, fracción X. De igual forma se crea la Comisión Monetaria con el objeto de vigilar la liquidación de los bancos privados.
Se publica en el Diario Oficial la Ley General de Instituciones de Crédito y Establecimientos Bancarios, en esta disposición se dan a conocer distintas instituciones:
Se derogan 182 artículos del Código de Comercio de 1889 y por consecuencia se publica la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en la que se organiza el fideicomiso.
Se publica en el Diario Oficial la Ley General de Instituciones y Organismos Auxiliares de Crédito con una vigencia poco mayor de cuatro décadas.
Se firman los acuerdos del Sistema Monetario Internacional, donde sus objetivos eran mantener un tipo de cambio tomando como base el dólar estadounidense. También se establece en el Fondo Monetario Internacional, donde México es miembro activo.
Tras la nacionalización de la Banca, el 1 de septiembre de 1982, vino el decreto que declara que las instituciones de crédito deberán operar con el carácter de las sociedades nacionales de crédito. El decreto contenía distintas disposiciones:
Se crea la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, que sustituyó la Ley Reglamentaria del Servicio Público de banca y Crédito que fue expedida con carácter provisional.
Dentro de la misma ley se establecen las Instituciones Nacionales de Crédito que se encontraban integradas por:
El Presidente de la República sometió a la consideración del H. Congreso de la Unión una iniciativa para modificar los artículos 28 y 123 de la Constitución, con el fin de ampliar la participación de los sectores privado y social en la propiedad de las instituciones de banca múltiple. Dicha iniciativa se sustentó en tres razones fundamentales:
Se aprobaron en el mes de diciembre las reformas al llamado “paquete financiero”, en el que —entre otras disposiciones— se integran los denominados “grupos financieros”; dichas organizaciones que pueden formar parte de estos grupos financieros son las siguientes:
Es importante conocer las regulaciones que conforman todo el Sistema Financiero, no sin antes señalar los artículos constitucionales que le otorgan legitimidad al resto de los instrumentos legislativos en la materia; estos son los siguientes (De la Fuente, 2002):
Artículo 4
Artículo 27
Artículo 28
Artículo 73
Artículo 123
De los preceptos antes estudiados surgen distintas leyes que forman el Sistema Financiero, teniendo distintas especificaciones y objetivos, ya sea para la regulación de las instituciones, regular las actividades del Estado o la protección del usuario.
Entra las leyes principales se encuentran las siguientes (Gamboa, 2009):
Legislación especializada del Derecho Bancario
Legislación especializada del Derecho Bursátil
Otras normas relacionadas
De forma supletoria a las leyes antes mostradas y toda aquella de nueva creación, la legislación mercantil, los usos bursátiles y mercantiles, así como la legislación civil federal fungen como auxiliares a la resolución de controversias, lagunas e interpretación.
Además de las legislaciones nacionales se ha creado un consenso mundial en la regulación de esta materia, la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO) cuenta con alrededor de 120 miembros plenos, afiliados y asociados en su mayoría entre reguladores bursátiles, entidades autorreguladas y organizaciones internacionales afines. Dicha Organización propone políticas y recomendaciones, con el fin de tener un desarrollo de la cooperación y el intercambio de información a nivel internacional entre los entes reguladores bursátiles.
Se debe de conocer bajo qué circunstancias y en qué momento se fue desarrollando cada legislación que conforma el marco jurídico actual, para el aprovechamiento de los servicios otorgados por las instituciones financieras, pero sobre todo tener los argumentos de defensa en caso de un menoscabo en nuestros derechos.
Cierre
Habiendo estudiado el desarrollo económico y normativo del Derecho Bancario y Bursátil, debemos tener presente que las normas son una consecuencia de las acciones de los gobernados. En esta materia, a diferencia de otras áreas del Derecho, se han creado normas para las regulaciones de relaciones entre autoridades y gobernados, el funcionamiento de las autoridades y la protección de los gobernados.
Igualmente se debe tomar en cuenta que el Derecho Bancario y Bursátil es muy especializado, por lo que cada uno tiene normas específicas, debiendo tener presente en todo momento que de cualquier manera se encuentran íntimamente ligadas, por lo que siempre se debe estudiar una situación desde todos los aspectos posibles sin olvidar todas las normas que nos pueden servir de apoyo.
Ahora podrás determinar qué normas serán útiles para la resolución de conflictos o protección, sin perder de vista los precios constitucionales de los cuales surgen éstas.
¿Conoces las clasificaciones de las normas en el Derecho Bancario y Bursátil?
¿Conoces las fuentes constitucionales de las normas de la materia?
Práctica
Revisa objetos de las normas que en la actualidad rigen el Sistema Financiero. De esta forma podrás iniciar a comprender las necesidades que cubre cada una de estas legislaciones.
Referencias