Contexto


Antes de adentrarnos a conocer las particularidades de la Propiedad Industrial, debemos conocer la estructura que soporta su creación, en dónde nace, cuáles son las legislaciones sobre la materia en nuestro país, así como las autoridades que se encargan de protegerlos.

La Propiedad Industrial, ayuda principalmente a los agentes de comercio a obtener una ventaja competitiva como resultado de su dedicación en el desarrollo de productos o servicios, siendo reconocidas su reputación y calidad por el consumidor, trayendo como consecuencia un éxito y ganancias.

¿Sabes a qué necesidad responde la creación de la propiedad industrial?

¿Sabías que para una empresa sus derechos de propiedad industrial forman parte de sus activos fijos?

Explicación


10.1 Antecedentes de la propiedad industrial

 

Es básico conocer el desarrollo histórico de la propiedad industrial, ya que ayuda a reconocer las necesidades tanto de los individuos como del comercio, los cuales se iban creando momento a momento, a través de diferentes cuerpos normativos, por lo que la propiedad industrial iba subsanando nuevas necesidades.

Se tiene como uno de los primeros registros de una legislación en esta materia el Decreto de las Cortes del año de 1820, creado por las Cortes Españolas. Este decreto protegía los derechos de los inventores y como principal amparo, se otorgaba la exclusividad de las invenciones realizadas por éstos por un plazo determinado. Doce años después se vivió una esquematización de dichos plazos en la Ley sobre el Derecho de Propiedad de los Inventores o Perfeccionadores de algún ramo de la industria, teniendo las invenciones una protección de 10 años, las mejoras 7 años y si eran invenciones relativas a nuevas ramas de la industria se otorgaban 5 años de protección. Así mismo se establece la publicación de una Gaceta oficial y sanciones en función de algún daño causado.

La protección a las marcas, así como su definición, se presentó en el Código de Comercio de 1884, donde se establecía dentro de los artículo del 1418 al 1423 que una marca podía consistir en el nombre o razón social del fabricante, de su establecimiento o alguna letra. Su falsificación producía acción de daños y perjuicios. Poco tiempo después de esto, en el año 1889, la dependencia de la Secretaría de Fomento, Colonización e Industria crea la Ley de Marcas de Fábrica, la cual permite que una marca sea solicitada ya sea por nacionales como por extranjeros, dicha solicitud se publicaba y la solicitud debería de contener una descripción de la marca.

Otro cambio que se presenta en el área de invenciones, es en el año 1890, el primero de los cambios se presenta en la Ley de Invenciones y Perfeccionamiento, estableciendo los lineamientos para la patentabilidad y extendiendo el plazo de protección por el término de 20 años a partir de su expedición, así mismo sanciona la falta de explotación de la invención registrada, se crea un sistema de oposición a una invención otorgada en un plazo de 2 meses posteriores a la publicación de la misma. En el mismo año aparece la Ley de Patentes de Invención, a raíz de la incorporación de México al Convenio de París, se adhiere a la legislación mexicana vigente en ese momento, la licencia obligatoria incluye las figuras de modelos y dibujos industriales, se realiza el cambio de inicio de vigencia, modificándola desde su expedición a la fecha legal de presentación de una patente.

En el año de 1903, se le da una nueva estructura a las invenciones, por medio de la Ley de Patentes de Invención, en ella se establecen los tipos de patentes: de invención, modelo o dibujo industrial y patente de perfeccionamiento, permaneciendo los 20 años de protección para las patentes y estableciendo 10 años para modelo o dibujo industrial y para la de perfeccionamiento un plazo de vigencia por el término legal subsistente para la patente principal.

Años más tarde, aparece la Ley de Marcas y Avisos y Nombre Comerciales, en el año 1928, donde se establece principalmente que las marcas pueden ser nombres bajo una forma distinta, y en general cualquier medio material que sea susceptible, por sus características especiales, de hacer distinguibles a los objetos a que trata de aplicar, respecto de los de su misma especie o clase. Así mismo dentro de esta legislación se detallan los procedimientos para el análisis de la solicitud: un examen administrativo (o de forma) y uno de novedad (o de fondo).

Otro de los hitos dentro del desarrollo de la Propiedad Industrial, se dio el 11 de julio de 1964 cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de promulgación del Acta de Revisión del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, que principalmente reformó el artículo 10 bis en relación con la prevención de la competencia desleal y estableció conductas prohibitivas en la práctica y uso de los derechos otorgados por la Propiedad Industrial.

Otro de los grandes cambios en esta materia como el anterior se dio hasta 1976, cuando se crea la Ley de Invenciones y Marcas, donde por primera vez en una misma legislación se  agrupan sanciones de carácter administrativo y penal, al mismo tiempo se definen las áreas excluidas de patentabilidad, se introduce la figura de certificado de invención, se hace obligatorio el registrar los contratos de transferencia de tecnología, nuevamente se modifica el plazo de protección para las patentes, cambiando a 14 años a partir de su concesión y una protección de 7 años para modelos y dibujos. Para las marcas dentro de esta legislación se presenta una instauración de mucha importancia, ésta es la división de las marcas de productos y marcas de servicios. Así mismo define como marca a los signos que distinguen a los artículos, productos y servicios, de otros de su misma clase o especie, también se incorpora el concepto de “leyendas no reservables”.

En 1987 se da una adhesión importante en esta materia en la última ley mencionada, se reforma y se adhieren nuevas figuras, aparecen por primera vez las denominaciones y los signos visibles, la protección se da por 5 años pudiendo ser renovable indefinidamente por períodos iguales y no es hasta este año que se incorporan sanciones contra actos de competencia desleal.

Entre al año 1991 y 1994 se dieron los mayores cambios que marcaron la propiedad industrial en nuestro país, debido a que estos avances se presentan principalmente en la legislación que el día de hoy nos rige y la creación de la autoridad competente en la materia, esto lo estudiaremos en nuestro siguiente tema.

10.2 Legislación y autoridades competentes

 

En el año de 1991 surge una gran cantidad de cambios, entre los que se contempla la creación del Instituto Mexicano de la propiedad industrial. No es hasta dos años después que por medio del decreto de creación del Instituto Mexicano de la propiedad industrial se definen los objetivos, misión y visión, siendo estos los siguientes, según la página oficial de dicho Instituto:

Objetivo

Que las actividades industriales y comerciales del país, utilicen el sistema de propiedad industrial como un elemento de protección legal en la distinción y perfeccionamiento de sus bienes y servicios.

Misión

Garantizar que la intervención del Estado en el campo de la protección de los derechos de propiedad industrial, otorgue a sus titulares la seguridad jurídica necesaria para que el aprovechamiento legítimo de su capacidad creativa e inventiva promueva la inversión privada, la creación de empleos, el desarrollo económico, y en general, la competitividad del país.

Visión

Constituirse en un agente de cambio para que el sistema educativo, la investigación, la actividad empresarial y la creatividad de la población, con la intervención que corresponda al Estado, se integren efectivamente en la cadena de valor que lleve a la sociedad, a través del mercado, los beneficios derivados de la innovación, las buenas prácticas, el uso de signos distintivos, la mejora continua y la actividad inventiva de la comunidad científica e industrial mexicana, convirtiéndose en un referente para los países que forman la sociedad internacional.

De manera extraña, no fue hasta el año 1994 y después de la creación del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, que se promulga la Ley y Reglamento de la Propiedad Industrial, en la cual sus principales aportaciones son los siguientes:

  1. Se hacen extensivos los requisitos de novedad absoluta y examen de novedad para la obtención de registro de modelos de utilidad y diseños industriales.
  2. Se establecen los supuestos de exclusión de patentabilidad.
  3. Se establece un solo examen (de forma y fondo) para las solicitudes de marca y sobre todo el otorgamiento de la autoridad administrativa al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Así mismo la legislación actual en comento, en su artículo 2º señala como objetivos principales de la misma, los siguientes:

  • Establecer las bases para que en las actividades industriales y comerciales del país, tenga lugar un sistema permanente de perfeccionamiento de sus procesos y productos.
  • Promover y fomentar la actividad inventiva de aplicación industrial, las mejoras técnicas y la difusión de conocimientos tecnológicos dentro de los sectores productivos.
  • Propiciar e impulsar el mejoramiento de la calidad de los bienes y servicios en la industria y en el comercio, conforme a los intereses de los consumidores.
  • Favorecer la creatividad para el diseño y la presentación de productos nuevos y útiles.
  • Proteger la propiedad industrial mediante la regulación y otorgamiento de patentes de invención; registros de modelos de utilidad, diseños industriales, marcas, y avisos comerciales; publicación de nombres comerciales; declaración de protección de denominaciones de origen y regulación de secretos industriales.
  • Prevenir los actos que atenten contra la propiedad industrial o que constituyan competencia desleal relacionada con la misma y establecer las sanciones y penas respecto de ellos.
  • Establecer condiciones de seguridad jurídica entre las partes en la operación de franquicias, así como garantizar un trato no discriminatorio para todos los franquiciatarios del mismo franquiciante.

10.3 Clasificación de la Propiedad Industrial

 

La propiedad industrial otorga el derecho exclusivo al uso y explotación de las creaciones inventivas y los signos distintivos en el mercado, a lo largo de este módulo se analizarán cada uno ellos, a continuación se presenta gráficamente el panorama general de esta rama del derecho según Magaña (2014):

Las dos principales áreas que estudiaremos a fondo en los próximos temas son las invenciones y signos distintivos, siendo estas las que son desarrolladas más por los comerciantes para obtener una ventaja competitiva en el mercado. De igual forma son fuertemente protegidas por la Ley de la Propiedad Industrial ya que otorga un derecho exclusivo de uso y explotación, así como protegen al consumidor de obtener los productos y servicios que tienen una protección y responden a una reputación y calidad.

Cierre


A lo largo del desarrollo del comercio fue necesaria la determinación de lineamientos para una sana competencia, así como para que aquellos que realizaron un esfuerzo se le sea recompensado con un uso exclusivo de sus invenciones, productos y servicios.

Ante la especialidad de cada tipo de área de comercio, se crearon distintas áreas dentro de la propiedad industrial que permiten que cada una sea regulada de forma específica, trayendo con lo anterior una seguridad jurídica, pudiendo explotar el producto o servicio que se ofrece al consumidor promedio, en el cual se empeñó en ponerlo en el mercado y responder a una calidad específica.

Debemos tener presente que en nuestro país existe una legislación especializada, la cual siempre debe ser la primera en ser consultada para la resolución de cualquier duda o controversia, así como considerar que existen distintos instrumentos internacionales que soportan la legislación nacional.

Referencias