Contexto




En la legislación mexicana, para que una persona moral (sociedades mercantiles u organizaciones) quede sujeta al pago del impuesto sobre la renta, es necesario que el objeto directo e inmediato de su actividad sea empresarial (es decir, generar ingresos y ganancias). No obstante, la misma legislación establece que cuando algunas empresas no declaran ganancias y sólo pérdidas, serán sujetas a una investigación detallada de sus finanzas por parte de la autoridad fiscal.

Por estas razones, es importante que aprendas en qué momento una sociedad mercantil es sujeto de alguna situación específica prevista por la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y cómo determinar en qué momento exacto se ha obtenido jurídicamente el ingreso gravable. Esto teniendo en mente que en ocasiones hay inconformidades (generalmente infundadas) por parte de las empresas porque se les obliga a pagar el impuesto cuando el ingreso todavía no ha sido obtenido materialmente.


En este tema también estudiarás cómo se denomina fiscalmente el conjunto de bienes y activos que forman parte del patrimonio de una empresa, y qué pasa cuando estos bienes comienzan a perder valor y se les quiere seguir cobrando el mismo impuesto. Una vez que esto queda establecido, podrás determinar si para la empresa hubo ganancias o pérdidas fiscales y cuáles son las obligaciones como contribuyente al respecto.

De aquí la relevancia de estudiar seriamente el tema del régimen fiscal de las empresas. Es una buena oportunidad de contar con los elementos necesarios para actuar conforme a las disposiciones fiscales, a tu favor o el de tus clientes, reuniendo los requisitos que la misma ley determina para deducir este impuesto.

Comienza reflexionando… ¿Por qué las empresas tienen que pagar impuestos? ¿Por qué a una tasa tan alta? ¿O te parece baja?

Explicación

5.1 Determinación y época de pago (anualizado o provisional)


Las sociedades mercantiles deberán calcular el impuesto sobre la renta aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 30%, y se deben hacer pagos provisionales de forma mensual a cuenta del monto del impuesto anual. Para las empresas será obligatorio presentar declaraciones mensuales por los pagos provisionales que se hayan efectuado, así como una declaración anual (ésta se presenta tres meses después del cierre del ejercicio fiscal).


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  • La obtención de la utilidad fiscal resulta de disminuir las deducciones autorizadas del total de ingresos acumulables obtenidos durante el ejercicio.

  • Si la empresa generó utilidades, se debe también disminuir la PTU (reparto de utilidades) al resultado obtenido.

  • En caso de existir pérdidas fiscales de ejercicios anteriores que aún no son aplicadas, se deben de disminuir a la utilidad fiscal.

  • Se tienen tres meses para realizar el pago del impuesto del ejercicio que ha terminado, mediante declaración presentada en oficinas autorizadas.

Si se decide liquidar una sociedad, el liquidador cuenta hasta el mes siguiente a la fecha en la que termine la liquidación para presentar la declaración final del ejercicio, así como pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio (excluyendo los activos de establecimientos que se encuentran en el extranjero), siendo la fecha límite el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, en tanto se lleve a cabo la liquidación total del activo.

Al término de cada año de calendario (a más tardar el 17 de enero), el liquidador deberá presentar una declaración en donde determinará y enterará el impuesto correspondiente al periodo comprendido desde el inicio de la liquidación y hasta el último mes del año de que se trate, y acreditará los pagos provisionales y anuales efectuados con anterioridad correspondientes al periodo antes señalado.

Para esto, debe quedar claro que la última declaración corresponde a la del ejercicio de liquidación, en la que ahora sí se deben de incluir los activos de los establecimientos ubicados en el extranjero y se deberá presentar a más tardar el mes siguiente a aquél en el que termine la liquidación, aun cuando no hayan transcurrido doce meses desde la última declaración. No obstante, si se presentó el aviso de suspensión de actividades, o no hay impuesto a cargo ni saldo a favor, no se deberán de presentar declaraciones de pagos provisionales en el ejercicio que inicia operaciones.


5.2. Ingresos, deducciones, requisitos, excepciones

Los ingresos totales de las personas morales residentes en el país serán el total de lo obtenido en efectivo, bienes, servicios, créditos, ya sea en el país o en el extranjero (los ingresos atribuibles a establecimientos permanentes en el país son acumulables aun cuando residan en el extranjero).

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  • Si se trata de enajenación de bienes o prestación de servicios: cuando sea expedido el comprobante (recibo o factura) que ampare el precio o la contraprestación pactada, cuando se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio, o cuando sea cobrado, sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos.

  • Si se refiere al otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, cuando sean cobradas total o parcialmente las contraprestaciones, o cuando éstas sean exigibles a favor de quien efectúe dicho otorgamiento, o al expedir el comprobante de pago que ampare el precio o la contraprestación pactada (lo que suceda primero).

  • En la obtención de ingresos provenientes de contratos de arrendamiento financiero, los contribuyentes pueden optar por considerar como ingreso obtenido en el ejercicio el total del precio pactado o la parte del precio exigible durante el mismo.

  • En el caso de enajenación a plazo, los contribuyentes pueden optar por considerar como ingreso obtenido en el ejercicio el total del precio pactado, o bien, solamente la parte del precio cobrado durante el mismo.

  • Al tratarse de ingresos derivados de deudas no cubiertas por el contribuyente, en el mes en el que se consume el plazo de prescripción o en el mes en el que se cumpla el plazo establecido.



¿Y qué puede entrar en el esquema de deducciones que marca la ley?

Entran las devoluciones que se reciban, o los descuentos o bonificaciones que se hagan en el ejercicio; las inversiones, los créditos incobrables y las pérdidas por caso fortuito, fuerza mayor; las aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal; las cuotas pagadas por los patrones al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), incluso cuando éstas sean a cargo de los trabajadores; los intereses devengados a cargo en el ejercicio, sin ajuste alguno. En el caso de los intereses moratorios, a partir del cuarto mes, se deducirán únicamente los efectivamente pagados, los anticipos y los rendimientos que paguen las sociedades cooperativas de producción.


Ahora bien, quien consigne, en las declaraciones que presente para los efectos fiscales, deducciones falsas o ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos o determinados conforme a las leyes, será sancionado con las penas del delito de defraudación fiscal.

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En este punto debemos estar bien atentos porque la autoridad fiscal es usualmente bastante cautelosa al revisar las declaraciones presentadas por las diferentes personas, porque diversas actividades no son deducibles y terminan ocasionando una declaración incorrecta, disminuyendo de esta forma el pago del ISR y afectando en consecuencia el presupuesto general del Estado.

Afortunadamente, la Ley del Impuesto Sobre la Renta es clara en cuanto a las actividades deducibles y las no deducibles, con la intención de evitar que el contribuyente pueda dar un mal uso a este esquema de deducciones, utilizándolo para un beneficio personal.


5.3 Inversiones, deducciones y pérdidas fiscales

Una inversión es el hecho por el cual una persona adquiere o posee bienes traducibles en dinero con el propósito de constituir un patrimonio (Mabarak, 2008). Para el caso de las personas morales, se entiende por inversión el conjunto de bienes que constituyen el patrimonio de la empresa conformando su activo fijo.

Los bienes objeto de la inversión de una empresa se encuentran clasificados en:


Imagen obtenida de https://flic.kr/p/7BH3s3 sólo para fines educativos.


Las inversiones pueden deducirse, para ello la LISR fija un tope máximo autorizado para los porcentajes en cada ejercicio, aunque también indica otro tipo de limitaciones aplicables.

Por ejemplo, si se trata de un ejercicio irregular, sí podrá aplicarse la deducción, pero se hará en el porcentaje que represente el número de meses completos del ejercicio en los que el bien haya sido consumido o utilizado por el contribuyente respecto de doce meses.

Para saber el monto original de la inversión, se debe tomar en cuenta no sólo el precio del bien, sino también los impuestos efectivamente pagados (por adquisición o importación del mismo), excepto el IVA; a esto le restaremos las erogaciones por concepto de derechos, los fletes, transportes, seguros contra riesgos por la transportación y todo lo demás que haya tenido que gastarse respecto de este bien.

Cuando se adquieren las inversiones, para efectos de una deducción se puede empezar a contar fiscalmente a partir del momento en que se utilicen, o bien desde el ejercicio siguiente. Esto queda a libre elección del contribuyente. Con el paso del tiempo, será necesario considerar dos efectos económicos que influyen en el valor de las inversiones: la amortización y la depreciación.


Amortización

En términos contables y financieros, esta palabra denota la extinción gradual de un activo, de un pasivo o de una cuenta nominal, por medio de la división de su importe en cantidades periódicas durante el tiempo de su existencia o en que sus beneficios son aprovechados.


Depreciación

Pérdida en el valor material o funcional del activo fijo tangible (no sujeto a agotamiento), a causa del uso y desmejoramiento de la propiedad, cuyo desgaste no se ha cubierto con reparaciones o reemplazos adecuados. También incluye el costo de la baja de valor (estimación y registro).



Como aprendiste al revisar la Ley del Impuesto Sobre la Renta, existen dispositivos legales, en los cuales se encuentran tablas de porcentajes de deducción anual, las cuales van acorde al tipo de bien. Cuando el bien no se encuentre en las tablas de deducción será 10% anual.

Las pérdidas son la cantidad que se obtiene cuando —al hacer un balance comparativo entre los ingresos y los egresos— resulta mayor el monto de éstos últimos. Sencillo y obvio. No obstante, en sentido tributario, la ley establece que la pérdida fiscal se obtiene cuando existe una diferencia entre los ingresos declarados en un ejercicio y las deducciones autorizadas por la ley. Por lo tanto, si las deducciones son mayores a los ingresos, se estará frente a un caso de pérdida fiscal.


Cuando se hayan generado pérdidas, la empresa tendrá hasta diez años para amortizarlas(compensar) contra utilidades que se obtengan en uno o más ejercicios. De esto se deduce que el fisco no podrá recibir pago de ISR de parte de este contribuyente hasta que obtenga ganancias; es decir, un balance fiscal positivo.

Las pérdidas de bienes del contribuyente por caso fortuito o fuerza mayor, que no se reflejen en el inventario, serán deducibles en el ejercicio en que ocurran. La pérdida será igual a la cantidad pendiente de deducir a la fecha en que se sufra.



Cuando existan pérdidas fiscales relativas a créditos a favor de la empresa que no puedan recuperarse (incobrables), se debe demostrar que los gastos de recuperación son más altos que el propio crédito, denominándolos contablemente como castigo de créditos. El primer requisito establecido por el ordenamiento fiscal es el de la prescripción, este hecho jurídico faculta al contribuyente a considerar ese crédito como deducible para efectos fiscales.


Apoyos Visuales del Tema:

Consulta los apoyos visuales del tema en formato PDF.


Cierre


En este tema has estudiado a grandes rasgos el régimen fiscal de las empresas, establecido predominantemente en la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Se revisó que el activo fijo de una empresa es el conjunto de bienes tangibles e intangibles que constituyen su patrimonio, los cuales pierden valor con el desgaste que, a su vez, sirve de mecanismo fiscal para recuperar la inversión.

Aprendiste que el impuesto generado causa actividad tras actividad, ingreso tras ingreso, y es hasta el fin del ejercicio fiscal cuando se hace el cómputo de los ingresos acumulables y se restan a estos las deducciones permitidas por la ley, para determinar la utilidad fiscal que constituirá la base a la que se aplicará la tarifa que establece la ley, obteniendo de esta forma el impuesto definitivo a pagar.

De aquí la importancia de ser muy claros en las inversiones de las personas morales (ver con qué bienes se constituye realmente la sociedad), para determinar de una manera clara si se generan utilidades o pérdidas fiscales durante el ejercicio, y presentarlas tal cual en la declaración.

Por lo tanto, debe ser tu prioridad —como abogado fiscalista— advertir a tus clientes que no sólo se trata de generar ganancias, sino también de darse de alta correctamente ante el fisco y cumplir con las obligaciones establecidas en la ley. Deberás tener en claro que esta área es de aplicación estricta, que las auditorías fiscales son un tema serio y que quien presente deducciones falsas o ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos será sancionado.


Revisa a continuación el Checkpoint:

Asegúrate de haber comprendido...

  • Qué tasas, fechas y procedimientos son aplicables a las empresas según la LISR.
  • El esquema de deducciones y requisitos para deducir ofrecidos por la misma ley.
  • Qué escenarios se pueden generar para la empresa ante una pérdida fiscal.

Referencias