Contexto
¿De qué manera crees que el sistema nacional educativo puede asegurar que todas sus entidades incorporadas cumplan con el marco legal?
En México existe un marco legal y normativas específicas destinadas a ofrecer un servicio educativo de calidad a los estudiantes, sin embargo, es importante asegurar que todas las instituciones que estén incorporadas al sistema nacional educativo por el reconocimiento de validez oficial de sus programas de estudio apliquen de manera correcta dichas normas. Este tema es crucial ya que si no se asegura la aplicación de las leyes no existiría un sistema nacional de educación ya que no habría control.
Imagina que deseas ingresar a una institución educativa y te interesa una maestría en educación con acentuación en innovación tecnológica. Acudes a solicitar informes y te presentan el plan académico, la metodología de estudio, procesos académicos, escolares y administrativos y te muestran el número del RVOE que comprueba la incorporación del plan al sistema nacional de educación. Toda la información te parece adecuada y decides ingresar. Realizas tu proceso de inscripción completo y comienzas tus estudios, inmediatamente te das cuenta que de los procesos explicados en la reunión de admisión hay cosas que realmente no se llevan a cabo, por ejemplo, no has entregado documentos y no tienes un expediente que avale tu antecedente académico para cursar el grado de postgrado, al avanzar el tiempo te das cuenta que el plan de estudio no va acorde a las enseñanzas que te están ofreciendo y el modelo de evaluación para acreditación es distinta, seleccionaste la modalidad presencial, sin embargo, la mayoría de los contenidos de las asignaturas, la explicación y entrega de actividades es en una plataforma tecnológica educativa como si fuera una modalidad no escolarizada, entre otras cuestiones. Con esta inconsistencia acudes al área académica a solicitar información y explicaciones del porqué se está ofreciendo el servicio de esa manera y sólo recibes como respuesta que es la manera en la que la institución lleva sus programas académicos.
Con esta información decides revisar si efectivamente cuenta con el reconocimiento de validez oficial de estudios de su programa de maestría y en efecto sí lo tienen, entonces te preguntas ¿de qué sirve este reconocimiento si no lo están aplicando como se menciona en el acuerdo?
Pregunta detonante:
Explicación
Existe un marco legal que rige la educación del país y existen procedimientos sustentados por normativas para la correcta impartición de los programas educativos que ofrecen las instituciones, sin embargo, ¿cómo se asegura la entidad del sistema educativo nacional que dichas leyes y procedimientos se estén llevando a cabo de manera esperada en cada centro? En este tema se abordará la técnica que utiliza la Secretaría de Educación para controlar la normativa oficial.
15.1 Visitas de inspección
Para comprobar que se esté llevando el cumplimiento del marco legal, la autoridad educativa, bajo lo expuesto en la Ley General de Educación y la Ley Orgánica De La Administración Pública Federal, debe ordenar visitas de inspección a las instituciones de educación incorporadas al sistema nacional educativo.
Las visitas de inspección se realizarán conforme a lo establecido en los artículos de las leyes que avalan esta iniciativa:
Haz clic en cada apartado para ver la información a detalle.
Las autoridades que otorguen autorizaciones y reconocimientos de validez oficial de estudios deberán inspeccionar y vigilar los servicios educativos respecto de los cuales concedieron dichas autorizaciones o reconocimientos. Las autoridades procurarán llevar a cabo una visita de inspección por lo menos una vez al año. De la información contenida en el acta correspondiente así como la documentación relacionada, que en su caso presenten los particulares, las autoridades educativas podrán formular medidas correctivas, mismas que harán del conocimiento de los particulares. Las autoridades educativas emitirán la normativa correspondiente para realizar las tareas de inspección y vigilancia.
A la Secretaría de Educación Pública corresponde el despacho de los siguientes asuntos: Organizar, vigilar y desarrollar en las escuelas oficiales, incorporadas o reconocidas; vigilar que se observen y cumplan las disposiciones relacionadas con la educación, establecidas en la Constitución y prescribir las normas a que debe ajustarse la incorporación de las escuelas particulares al sistema educativo nacional; ejercer la supervisión y vigilancia que proceda en los planteles que impartan educación en la República, conforme a lo prescrito por el Artículo 3o. Constitucional.
Para estas visitas de inspección la autoridad debe enviar un oficio a la institución educativa donde avise fecha y hora de cita de inspección, en ningún caso se pueden generar sin previo aviso. Cuando llegue la fecha y hora acordada, los inspectores deben presentarse con una orden escrita en la institución educativa para comprobar la atribución de realizar el análisis de los servicios educativos del centro. Por su lado, la institución educativa a través de su representante legal o una persona designada para atender las inspecciones darán recibimiento y facilitación de acceso para que se pueda llevar a cabo la visita.
El producto final de las visitas de inspección es un acta que consta las observaciones respecto a al cumplimiento objetivo de lo siguiente:
15.2 Áreas de inspección
Las visitas de inspección tienen la finalidad de comprobar que la institución educativa esté ofreciendo el servicio del cual obtuvo reconocimiento oficial por parte del sistema nacional educativo de la manera esperada y acordada, así como revisar que todo esté en orden en cuanto a los procesos generales, instalaciones (en caso de que aplique), infraestructura tecnológica (educación no escolarizada) y conocer si ofrecen algún otro servicio que no esté reconocido y la manera en la que se ofrece al público. La finalidad es mantener una alineación que finalmente genere un servicio educativo de calidad.
A continuación se describirán las principales áreas y procesos que se verifican en este tipo de visitas de inspección.
Haz clic en cada uno para conocer la información.
15.3 Sanción por incumplimiento
Una vez que se realiza la visita de inspección y se libera el acta formal, la institución educativa tiene derecho a realizar una réplica ante las observaciones o presentar documentos aprobatorios, en caso de que no sea así y dependiendo del resultado obtenido en la revisión de inspección, la autoridad gubernamental puede extender una sanción por incumplimiento en lo dispuesto en la ley y los acuerdos establecidos para el otorgamiento del RVOE.
En caso de que la institución haga caso omiso de la sanción, la autoridad educativa retirará el reconocimiento de validez oficial de estudios otorgado y se expedirá el procedimiento para proceder con los alumnos inscritos a fin de no perjudicar su avance académico.
Cierre
La Secretaría de Educación, como la entidad gubernamental responsable de asegurar la correcta impartición de educación en cada uno de sus centros educativos incorporados, debe realizar inspecciones al menos una vez al año para asegurar que se cumplan los acuerdos, normativas y leyes federales.
Por su lado, la institución que cuenta con el reconocimiento de validez oficial de estudios de sus programas académicos, debe cumplir con los acuerdos y tener evidencias de que lleva a cabo sus procesos de manera adecuada a manera de comprobación de que se encuentra alineada al marco legal oficial.
Revisa a continuación el Checkpoint:
Antes de dar por concluido el tema, asegúrate de contestar las preguntas que se enlistan a continuación.
Haz clic en cada pregunta para ver su respuesta.
Referencias